NULIDAD PRESTAMO POR USURA
Préstamos con intereses usurarios
Casos de éxito
Muchas son las entidades Bancarias que ofrecen préstamos al consumo con unas condiciones que, si bien parecen favorables al consumidor, analizando el clausulado pueden tener intereses remuneratorios USURARIOS.
Un caso similar a este fue analizado por el despacho CUEVA Y ROZA ABOGADOS donde un cliente disponía de un PRESTAMO suscrito con BANCO SANTANDER en 2012 aplicando se le un TAE del 18,33%.
Una vez se acude a los Tribunales del domicilio del demandante planteando el problema, el Juzgado de Primera Instancia nº5 de Gijón dictó Sentencia considerando que el contrato era NULO por USURA a razón de los siguientes motivos.
Comisiones usurarias en los contratos
Y es que, partiendo de la doctrina del Tribunal Supremo en la materia, el índice de comparación para apreciar el carácter usurario era el tipo medio aplicado a créditos al consumo en tanto que estamos ante un préstamo personal de consumido a tipo fijo de amortización por periodo de 10 años. Así, para la fecha de contratación, marzo de 2012, el índice de préstamos era del 7,75%, lo que duplica ese índice permitiendo afirmar la usura en el contrato reclamado.
Los efectos de la declaración de nulidad suponen la restitución de las cantidades abonadas por todos los conceptos, incluyendo también aquellos otros como los del seguro, comisiones, honorarios, etc, debiendo tener en cuenta las cantidades dispuestas por el cliente.
Dicho lo cual, pequeña referencia a la mencionada Sentencia: