Asesoramos a pymes, autónomos y sociedades de Asturias en sus conflictos con bancos, Administraciones y otras empresas. Como en el resto del despacho, trabajamos con abogados y economistas: antes de reclamar, cuantificamos, para que sepas qué se puede conseguir y cuánto.
Pólizas de crédito y descubiertos: la usura también protege a las empresas
¿Tu empresa paga un 25 %, un 29 % o más por el descubierto de su cuenta o por una póliza de crédito vencida? Las pólizas, las líneas de descubierto y los préstamos mercantiles renovados año tras año esconden con frecuencia un coste que ningún empresario aceptaría si lo viera junto: interés de descubierto del 29 %, comisión de descubierto del 4,5 %, interés de demora del 27 %, comisión fija por cada impago y, cuando la póliza vence, mora y descubierto cobrándose a la vez sobre el mismo dinero.
Auditamos las liquidaciones de tu empresa, reconstruimos el coste real del crédito con un perito economista y reclamamos la nulidad por usura del descubierto, la expulsión de la mora y de las comisiones sin causa y la reliquidación del saldo. Y si el banco ya te reclama o te ejecuta, nos oponemos con esos mismos argumentos.
No hace falta haber cambiado de banco para reclamar. Si sigues necesitando a tu entidad para la póliza, el TPV o los avales, planificamos contigo el momento. Lo que no puede esperar es guardar la documentación: cada póliza, cada modificación de condiciones y cada liquidación.
Los criterios que aplicamos
- La Ley de Usura no distingue entre consumidores y empresas: una sociedad o un autónomo pueden invocarla frente a una póliza, un descubierto o un préstamo mercantil.
- El interés de descubierto es el precio del crédito, no una penalización, y se compara con el tipo medio de los descubiertos y líneas de crédito a empresas que publica el Banco de España. La comisión de descubierto se suma a ese coste.
- Lo que el banco no entregó no obliga: una condición que la empresa no pudo conocer no forma parte del contrato.
- Las comisiones sin servicio no se cobran, tampoco a las empresas.
- Un mismo saldo no puede pagar dos veces: mora y descubierto no se pueden cobrar a la vez sobre el mismo dinero.
Plazos que no puedes dejar pasar
| Situación | Plazo |
|---|---|
| El banco ha iniciado la ejecución de la póliza | Diez días para oponerse desde la notificación |
| Te ha llegado un monitorio | Veinte días para pagar u oponerte |
| Nulidad por usura | No se sana con el paso del tiempo: puede revisarse toda la vida de la póliza y de la cuenta, aunque conviene reclamar cuanto antes |
Documentación que te pediremos
El contrato de cuenta, la póliza o el préstamo con todas sus renovaciones y modificaciones, las liquidaciones de intereses, los extractos y las reclamaciones o demandas que hayas recibido. Si falta algo, lo pedimos al banco: dejar constancia de lo que no entrega forma parte de la estrategia.
Si eres autónomo, avalista o administrador
Si la cuenta o la póliza es de tu actividad, la vía es la misma que para las sociedades. Si avalaste y el banco te reclama a ti, te opones con los mismos argumentos. Y si la deuda que queda sigue siendo impagable, la Ley de Segunda Oportunidad también es para autónomos y avalistas. Las reclamaciones de particulares, en derecho bancario y de consumo.
Preguntas frecuentes
Sí. La Ley de Usura se aplica a todo préstamo y a toda operación equivalente, sea quien sea el prestatario. La empresa no puede invocar la protección de consumo, pero sí la usura, el control de las condiciones generales, la buena fe y la prohibición de comisiones sin servicio.
La nulidad por usura no se sana por el paso del tiempo, y la devolución de lo cobrado de más es su consecuencia. Aun así, conviene reclamar cuanto antes para conservar la documentación.
No, pero los plazos son cortos: diez días para oponerse a la ejecución y veinte en el monitorio, y los motivos de oposición están limitados. Envíanos la demanda y las liquidaciones el mismo día que las recibas.
Consulta inicial gratuita supeditada al encargo profesional. Sobre la cifra que arroja la pericial te damos un presupuesto cerrado antes de demandar.