NULIDAD DE VENTAS POR CATÁLOGO
¿Ventas honestas o persuasión engañosa?
Favorecidos por el uso indebido de datos protegidos, que les sirven para seleccionar sus potenciales clientes, cuyo perfil suele ser el de personas de edad avanzada. También aquellas que hayan padecido una enfermedad que les haya producido cierta merma de facultades psíquicas y, en especial, que vivan solas,- Hacia estas personas se está proliferando situaciones en las que desaprensivos vendedores, que se presentan en sus domicilios, logran convencerles, utilizando métodos de persuasión y venta engañosa. Todo esto para que adquieran productos o bienes que no necesitan, principalmente, libros encuadernados y ello, siempre a precios desorbitados.
Precio total, que, además es fraccionado en cuotas, tras hacerles suscribir simultáneamente, un préstamo con una entidad financiera, lo que les permite confundirle sobre el precio real del producto, al no ser claros en cuanto al número de cuotas a las que se obligan.
Además, tales empresas de venta por catálogo no se conforman con cerrar una única operación de venta engañosa, sino que les endosan más y más productos hasta dejarlos en una situación económica precaria. De tal forma, que no pueden hacer frente a las numerosas cuotas a las que están obligados y terminan teniendo serias dificultades para afrontar los gastos diarios.
Sin embargo, si dicha transmisión se ha producido en los últimos cuatro años, resulta posible anular tales contratos por vicio en el consentimiento, falta de transparencia de sus cláusulas y falta de información previa. Y, no solamente eso, sino también la de los préstamos vinculados, consiguiendo la devolución de lo indebidamente abonado.
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