COMISIONES APLICABLES EN CUENTAS CORRIENTES

Reclamación de Posiciones Deudoras

Casos de éxito

En un reciente caso dirigido por el Despacho Cueva y Roza se tuvo que analizar la inclusión de condiciones predispuestas abusivas en un CONTRATO DE CUENTA CORRIENTE formalizado con BANCO SABADELL.

Analizando el condicionado del contrato suscrito se observó como la entidad bancaria cobrada al cliente una COMISION POR RECLAMACION DE POSICIONES DEUDORAS, ASÍ COMO COMISIONES E INTERESES POR DESCUBIERTO EN CUENTA.

En cuanto a la primera, la misma supondría una imposición de 22€ por cada reclamación de deuda pendiente, sin justificar el motivo, el servicio ofrecido y, sin ni siquiera, haber sido aceptado por nuestro cliente el cobro de tal supuesta prestación.

En cuanto a la segunda, se recoge el cobro de la comisión de descubierto mediante la siguiente formula:

comisiones deudoras

Abusividad con cláusulas desproporcionadas

TIPOS DE INTERES DE DESCUBIERTO EN CUENTA TAE 12,50%

COMISION DE DESCUBIERTO 2,40% MINIMO 3,00 EUR»

De la lectura de esta cláusula se aprecia la posibilidad de aplicación de intereses y comisiones de descubierto indistintamente, lo que implica una doble retribución pro un mismo concepto y un gravamen en cuanto al coste que supone incurrir en descubierto.

Y así, a la vista de las referidas comisiones, se aprecia a todas luces la abusividad de dichas cláusulas al constituir una imposición absolutamente desproporcionada y desmedida.

Tras ser debatida la nulidad de las cláusulas en el Juzgado de Primera Instancia nº11 de OVIEDO, dichas cláusulas fueron reconocidas nulas por la propia entidad BANCO SABADELL, debiendo el banco devolver todos aquellos conceptos que hubiera cobrado por tal comisión.

Además, dado que se obliga al consumidor a acudir a la vía judicial para el reconocimiento de sus pretensiones, la entidad financiera es condenada al pago de las costas judiciales.

Para muestra de ello, pequeño extracto de la Sentencia:

fallo