TARJETA CARREFOUR PASS USURA

Demanda a los servicios financieros Carrefour

Casos de éxito

Recientemente desde el despacho CUEVA Y ROZA hemos analizado una de las tarjetas de crédito revolving más popular de este país como es la TARJETA CARREFOUR PASS.

Esta famosa tarjeta de crédito contiene un TAE DE 19,84%  en su formato de pago aplazado y fue suscrita en 1999, aunque este no es el tipo de interés habitual de la misma, pues suele ser de un 21,99% TAE.

Tras ver las características descritas y el tipo medio aplicado de operaciones de crédito al consumo para el año de contratación no superaba el 9%, se decidió interponer demanda frente a SERVICIOS FINANCIEROS DEL CARREFOUR por el carácter USURARIO DEL CONTRATO.

usurario

Declarada la nulidad del contrato por usurario

Iniciado el procedimiento judicial ante el Juzgado de Primera Instancia nº1 de Gijón el juez declaró la nulidad del contrato de tal manera que el consumidor tan solo tenga que devolver la cantidad realmente prestada y la entidad crediticia restituir aquellas cantidades que excedan el importe financiado.

La conclusión alcanzada toma como fundamento la Ley de Represión de la Usura de 1.908, al haber ejercitado una acción de nulidad del contrato de tarjeta de crédito suscrito en fecha 5 de noviembre de 1999 por su carácter usurario, argumentando a tal fin, y en síntesis, que los intereses previstos, al tipo del 19,84% TAE son usurarios.

Consecuencia de lo anterior es que se ha recuperado un importe de 4.900€ que fueron pagados en exceso, en concepto de intereses, comisiones, y gastos, siendo condenada CARREFOUR al abono de las costas procesales causadas, debiendo pagar los gastos de abogado y procurador de nuestro cliente.

Te invitamos a que preguntes SIN COMPROMISO

En cualquiera de las dependencias de CUEVA Y ROZA ABOGADOS, situadas en GIJON, OVIEDO Y AVILÉS.