RECUPERADOS 5.828,35€ ESTAFADOS A UN CLIENTE

Batalla ganada frente a la banca

Casos de éxito

Desde CUEVA Y ROZA ASESORES JURÍDICOS hemos dirigido una reclamación frente CAJA RURAL DE ASTURIAS por haberse visto afectado uno de nuestros clientes por la conocida estafa del PHISING.

En este caso, el consumidor, cuando se disponía a descargar en su móvil la aplicación RURAL VIA, para poder acceder a información sobre su cuenta en CAJA RURAL y una vez instalada, recibe un SMS en el que consta identificado como remitente la propia Rural Vía, y que textualmente dice, «NOTIFICACION DE CAJA RURAL a partir de 6 de noviembre de 2021, no se puede utilizar su tarjeta, tienes que activar el nuevo sistema de seguridad de web».

estafa-phising

El referido mensaje le remite a un link de internet, que da entrada a una página de web con el logo y colores de RURALVIA en el que se recoge acceso a banca internet, debiendo identificarse el usuario con su nombre de usuario, NIF y contraseña, por lo que facilita tales datos sin sospechar nada.

Pasadas unas horas de esa gestión, recibe una llamada del Banco donde le comunican que hay movimientos sospechosos, momento en que es conocedora de que le han sustraído sus ahorros.

Tras este relato, la juzgadora conocedora de los hechos denunciados, vino a concluir muy acertadamente que:

De todo lo anterior, se concluye que la entidad demandada no ha acreditado la observancia de los deberes de diligencia que le eran exigibles, en cuanto a la utilización de mecanismos de supervisión de las operaciones que les permitan detectar operaciones de pago no autorizadas o fraudulentas, tomando en cuenta los elementos que caracterizan el proceder habitual del usuario y la existencia de riesgos tan significativos como los importes de las operaciones de pago (el primero de ellos, elevadísimo) y su realización desde el extranjero (en este caso, Francia y Holanda), todo ello conforme al Reglamento Delegado 2018/389. En cumplimiento de dichos deberes de diligencia, debió la entidad demandada impedir de manera inmediata y preventiva que los cargos sospechosos efectuados desde el extranjero fueran efectivos y bloquear la propia tarjeta, previa consulta teléfonica, en su caso, con la demandante. Por el contrario, su actuación fue tardía y causó evidentes perjuicios económicos a la demandante.

Es por lo que se condena al banco a la devolución de tales importes y se le condena al pago de las costas generadas por el procedimiento, viendo resarcidos sus derechos nuestro cliente.

A continuación pequeña referencia al procedimiento judicial dirigido por CUEVA Y ROZA ASESORES JURÍDICOS.

sentencia nro 132-22
fallo sentencia 132-22