Reconocimiento del Complemento por Maternidad y Concesión de Indemnización
Reconocimiento del Complemento por Maternidad y Compensación por Perjuicios Ocasionados
Casos de éxito
En esta sentencia del Juzgado de lo Social Nº6 de Oviedo, el demandante, Ángel Carbajo Barajas, interpuso una demanda contra el Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) y la Tesorería General de la Seguridad Social (TGSS)
solicitando el reconocimiento de un complemento por maternidad del 5% sobre su pensión de jubilación, con efectos retroactivos desde julio de 2016, más una indemnización por daños y perjuicios de 1.800 euros.
El demandante, quien tiene reconocida una pensión de jubilación desde 2016 y es padre de dos hijos, solicitó el complemento en febrero de 2024, el cual fue denegado inicialmente por el INSS, basándose en que el plazo para reclamar el complemento había prescrito. No obstante, en abril de 2024, el INSS reconoció de oficio el complemento solicitado con efectos retroactivos, pero el demandante continuó con el proceso judicial para reclamar la indemnización de 1.800 euros por los perjuicios ocasionados al tener que recurrir a la vía judicial para obtener dicho reconocimiento.
El tribunal falló a favor del demandante, concediéndole la indemnización, ya que consideró que el retraso en el reconocimiento del complemento le ocasionó perjuicios que deben ser resarcidos. La sentencia se basa en la doctrina del Tribunal Supremo, que establece que los varones que se ven discriminados por la negativa del INSS a conceder el complemento por maternidad tienen derecho a ser compensados por los daños sufridos. Esta indemnización cubre el perjuicio derivado del retraso en el reconocimiento del complemento, por lo que no se conceden intereses de demora adicionales ni se imponen costas.
Las partes tienen la posibilidad de interponer recurso de suplicación ante el Tribunal Superior de Justicia del Principado de Asturias en un plazo de cinco días desde la notificación de la sentencia.