El Supremo Ratifica el Plus de Maternidad con Efectos Retroactivos para Padres Jubilados

El Tribunal Supremo fija los efectos del complemento de maternidad a los hombres en la fecha de reconocimiento inicial de la pensión de jubilación

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El Tribunal Supremo reconoce el derecho de los hombres a percibir desde la fecha de reconocimiento de la pensión de jubilación el complemento de maternidad

Se considera discriminatorio que se reconozca este complemento a las mujeres y no a los hombres en idénticas circunstancias.

Podrán reclamar esta pensión los padres de al menos dos hijos que cumplan los requisitos y tengan reconocida su pensión contributiva entre el 1 de enero de 2016 y el 4 de febrero de 2021. 

El tribunal europeo tuvo que intervenir cuando un padre de dos hijas reclamara este complemento del 5% tras reconocérsele una pensión de invalidez.

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Ante las dudas sobre su aplicación, un juzgado de Gerona planteó una cuestión prejudicial al Tribunal de Justicia de la Unión Europea para que determinara si la normativa discriminaba o no a los hombres, a lo que el tribunal europeo respondió afirmativamente.

Esa pensión debe ser de jubilación ordinaria, anticipada por causa no imputable al trabajador, de viudedad o de incapacidad permanente. En cuanto a su cuantía, con dos hijos se sitúa en el 5% de la pensión, un porcentaje que se eleva al 10% en el caso de tres descendientes y al 15% con cuatro hijos o más.

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