CONTRATO WIZINK

Un tipo de interés superior al normal es usurario​

Casos de éxito

Recientemente desde el DESPACHO CUEVA Y ROZA se ha conseguido una Sentencia estimatoria donde se condena a WIZINK BANK por una tarjeta que había sudo suscrita por uno de nuestros clientes con la entidad BARCLAYS BANK PLC, en fecha 25 de agosto de 2005, estimándose usurario el contrato por considerar que el interés es superior al normal del dinero y manifiestamente desproporcionado.

En este caso, un cliente acudió a las dependencias del despacho CUEVA Y ROZA por una tarjeta de crédito donde se había ofrecido el producto crediticio por un tipo de interés del 23,90% TAE.

Y así, llegó a abonar 470€ en concepto de seguro; intereses por la friolera de 8.739€; abonando un total de 12.365,23€; siendo el total de disposiciones por un nimio importe de 5.407,93€, de tal manera que abonó más del doble del importe que realmente utilizó. Además, se le imputaba una deuda de 2.350,00€ que es anulada por completo.

tarjeta winzink

Un tipo de interés del 23,9% TAE es usurario

Una vez esta información fue analizada por el Juzgado de Primera Instancia nº6 de Gijón, estimó que si bien el interés aplicable según el contrato real del 23,9%, por lo que, era el interés desmedido.

Es por eso que, si tienes o has tenido alguna tarjeta con estas características y, por cualquier circunstancia te han ofrecido financiar una compra y has suscrito su tarjeta de fidelidad, puede que tu caso sea similar a este supuesto.

Para ejemplo de lo expuesto, pequeña referencia a la Sentencia mencionada.

winzink
sentencia winzink

Te invitamos a que preguntes SIN COMPROMISO

En cualquiera de las dependencias de CUEVA Y ROZA ABOGADOS, situadas en GIJON, OVIEDO Y AVILÉS.